Factura electrónica


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¿ QUÉ ES LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA?

Es, ante todo, una factura. Esto significa que tiene los mismos efectos legales que una factura en papel, se expide y recibe en formato electrónico. En otras palabras, es un documento que soporta transacciones de venta bienes y/o servicios y que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas permitiendo el cumplimiento de las características y condiciones en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación.

“Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Presentación Facturación Electrónica. Colombia. Recuperado de https://www.dian.gov.co/”

 

 

Preguntas Frecuentes




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La facturación electrónica la deberán aplicar empresas en Colombia de todos los tamaños. Deben facturar electrónicamente:

 

*Todo aquel que sea responsable del impuesto sobre las ventas IVA

 

*Los responsables del Impuesto Nacional al Consumo

 

*Las personas o entidades que dean comerciantes, ejerzan profesiones liberales, o se encuentren inmersos en actividades agrícolas o ganaderas (excepto aquellos que por el tamaño de la empresa no se vea obligado a expedir factura)

 

*Aquellos que voluntariamente quieran expedir documentos electrónicos

Para descargar el cronograma oficial de la DIAN y la última resolución vigente, presiona clic en el siguiente enlace.

Existen un número considerable de sanciones que pueden sufrir quienes no envíen información tributaria o la envíen con errores a la DIAN, las mismas, se pueden conocer textualmente con más claridad en el artículo 651 del Estatuto Tributario (modificado) de la Ley 1819 de 2016.

 

Según la interpretación de expertos en asesoramiento tributario, se puede concluir en que las siguientes sanciones, serían las que podrían recaer, en quien no cumpla con los mecanismos de facturación electrónica en los plazos acordes a su tipo de empresa

 

*El 5% del monto cuya información exigida no fue enviada en el tiempo determinado (es decir que, esto sería, quienes debieron facturar y no lo hicieron a tiempo).

 

*El 4% del monto de información suministrada con errores.

 

*El 3% de las sumas de la información enviada luego del plazo de 48 horas que se tiene para enviarse a la DIAN luego de ser expedida.

 

*Aunque estas multas pueden reducirse si son pagadas voluntariamente en la brevedad posible desde que se realiza la notificación por parte de la DIAn, igual las mismas, pueden resultar muy costosas.

 

De concurrir en las faltas repetidamente o no acceder a implementar Facturación Electrónica, la DIAN, podría ordenar el cierre temporal del establecimiento comercial.

La Validación Previa, es el proceso que los establecimientos vivirán, al momento de realizar una factura electrónica. Se exige que antes que la factura creada por el software sea válida, se envíe una copia en tiempo real a la DIAN, quien aceptara o rechazara en cuestión de segundos la información suministrada; tal respuesta permitirá que la factura sea procesada como exitosa o no.